Los viajeros que no cuenten con una prueba para covid-19, se les deberá exigir un aislamiento de forma preventiva y posteriormente la realización de la prueba.
Además, deberán seguir las medidas indicadas hasta que se determine que no están contagiados con “la evaluación del riesgo epidemiológico”
No se exigirá la prueba con resultado negativo previo al embarque, deberá ser exigida como un requisito de ingreso por parte de las autoridades migratorias a los viajeros que ingresen por vía aérea.
Los viajeros que no cuenten con una prueba para covid-19, deberán seguir las medidas indicadas hasta que se determine que no están contagiados con “la evaluación del riesgo epidemiológico”
La medida “deberá regularse por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, únicamente para aquellos casos en que se dificulte para los viajeros tomarse la prueba PCR, u obtener los resultados en los tiempos estipulados, para el ingreso al país”
Se suprime la orden en la que se les exigía a los viajeros del exterior, guardar un aislamiento de 14 días en su lugar de vivienda o de alojamiento. Es decir: quienes tengan la prueba PCR, no tendrán que aislarse.
Mientras el juez hacía las modificaciones correspondientes para elaborar el nuevo fallo, el presidente Ivan Duque anunciaba en su programa diario ‘Prevención y acción, la llegada de las vacunas contra el covid-19 para las primeras semanas del 2021.