Por segunda ocasión el Tribunal Superior de Bogotá negó la solicitud de preclusión que hizo la Fiscalía en favor del ex presidente Álvaro Urbe, señalado por los delitos de soborno en la actuación penal (compra de testigos) y fraude procesal.
Dicho tribunal confirmó que la Fiscalía no investigó en este caso, además de que, a su juicio, no ha podido desvirtuar la tesis de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema, decisiones con las cuales se ratifica la sentencia de la jueza 41 de Conocimiento de Bogotá, quien estableció la existencia de pruebas que indicarían que si hubo conducta delictiva.
Adicional a ello los magistrados cuestionaron los siete puntos en los que la Fiscalía sustentó el recurso de apelación, argumentando que en todos los eventos existen algunos vacíos probatorios: “El estudio de todos los elementos de convicción allegados puso en evidencia la existencia de incertidumbres sustanciales en el planteamiento sobre las circunstancias en que se desarrollaron los hechos en materia de estudio, las que, finalmente, permitirían esclarecer si se ejecutaron o no las conductas punibles de soborno en la actuación penal y fraude procesal. Además, se advirtieron relevantes inconsistencias entre varios de los medios de conocimiento (testimonios, documentos e incluso pericias”, señaló.